Por: Ramón Anulfo López Ledesma
Presidente de la Sociedad Dominicana de Salud Pública (SODOSAP)
Imaginemos un escenario lamentable pero predecible: en una sala de cirugía, un equipo de monitoreo vital falla porque tenía meses sin el mantenimiento adecuado. El desenlace es trágico para el paciente. Antes de este año, la respuesta del sistema legal dominicano solía concentrarse casi exclusivamente en el médico que sostenía el bisturí, dejando a la institución en una cómoda zona de penumbra. El centro de salud se defendía argumentando que solo «alquilaba el espacio» o que la culpa era un error humano individual.
La inminente entrada en vigor del nuevo Código Penal (Ley 74-25) venía a derribar ese viejo esquema, convirtiendo la gestión de la salud y la seguridad del paciente en un asunto de máxima responsabilidad penal. Sin embargo, el revuelo, el rechazo de diversos sectores y los recursos de inconstitucionalidad elevados ante el Tribunal Constitucional han provocado un giro histórico de último minuto: la Cámara de Diputados, bajo el consenso de todas las fuerzas políticas, se ha visto obligada a reabrir la ley para revisar y corregir los artículos más cuestionados antes de que empiece a aplicarse.
Para la clase médica y los gestores de salud, este «frenazo» parlamentario no es una sorpresa; es el resultado directo de una alerta unánime. Los médicos advertimos con claridad que, tal como estaba redactado, el código obligaría al profesional de la medicina a pensar en «no caer preso» antes de atender a un paciente en estado crítico. Aunque el Congreso defienda la pieza como una reforma histórica, legislar sobre la vida y la salud requiere precisión quirúrgica, no apresuramientos.
Mientras las comisiones legislativas reciben propuestas de enmienda, el debate de fondo sigue vivo y expone una asimetría radical en el sistema de salud dominicano. El nuevo texto legal no mide —ni puede medir— con la misma vara a una clínica privada que a un hospital del Estado.
Por un lado, el sector privado entra de lleno a la responsabilidad penal corporativa. Las clínicas, centros médicos y laboratorios, como «personas jurídicas», ya podrán ser sentadas en el banquillo de los acusados. Si un centro privado sufre una desgracia médica debido a fallas estructurales —como la falta de protocolos de esterilización, la ausencia de comités de vigilancia activa o el uso a sabiendas de insumos vencidos—, el Ministerio Público podrá someter a la justicia tanto al personal de salud como a la empresa misma. ¿Las consecuencias? Multas millonarias, la clausura temporal de quirófanos o la pérdida de la licencia de operación. La era de «lavarse las manos» corporativamente ha terminado en las clínicas.
La realidad en el sector público es diametralmente opuesta. El Estado no puede encarcelarse a sí mismo, ni se va a clausurar un hospital regional desmantelando la atención de miles de ciudadanos vulnerables. Por lo tanto, los hospitales públicos están exentos de esa responsabilidad penal institucional. Pero cuidado: esto no significa impunidad; significa que la responsabilidad se personaliza de forma estricta.
A través de las figuras de la «comisión por omisión» y la «posición de garante», el mensaje es directo para los directores de hospitales y jefes de servicio: el anonimato de la burocracia ya no los protege. Si un director médico es advertido por escrito de que la planta de oxígeno falla, o de que las salas de urgencias carecen de los insumos mínimos para operar con seguridad, y su inacción u omisión administrativa provoca un desenlace fatal, ese gerente puede enfrentar penas de prisión a título estrictamente personal.
Por eso, desde la Sociedad Dominicana de Salud Pública (SODOSAP), vemos este proceso de revisión en el Congreso como una ventana de oportunidad crucial, pero también como un llamado de alerta máxima para el Servicio Nacional de Salud (SNS) y el Ministerio de Salud Pública. No podemos lanzar a nuestros gerentes de hospital al vacío legal, jueguen o no con los plazos de entrada en vigencia de la ley.
Es urgente e impostergable que las autoridades inicien una jornada nacional de capacitación intensiva en derecho sanitario y gestión de riesgos para todos los directores y administradores del sistema público. Nuestros gestores necesitan herramientas técnicas para documentar formalmente las carencias estructurales, establecer canales oficiales de alerta y blindarse legalmente, demostrando que hicieron todo lo administrativamente posible con los recursos presupuestarios asignados.
El sector privado se enfrenta al fantasma de la quiebra institucional si descuida la calidad; el sector público, a la persecución penal individual de sus gerentes si la ineficiencia cuesta vidas. El Congreso tiene hoy la oportunidad de oro para «perfeccionar» la ley y evitar que la medicina se ejerza a la defensiva. La salud pública es un derecho fundamental y, por el camino que sea, el destino final debe ser el mismo: garantizar la seguridad del paciente sin criminalizar injustamente la gestión médica.

